Reglamentan la Ley de Glaciares y Ambiente Periglacial

Publicada el 10 DE MARCH 2011, 12:00 En 1 - Novedades.

El 1 de Marzo se reglamentó por decreto la Ley 26.639. Además, el Gobierno Nacional firmó un convenio con el CONICET para la realización del inventario de glaciares.
Reglamentan la Ley de Glaciares y Ambiente Periglacial
Luego de una reunión con el Directorio de CONICET, la Presidenta reglamentó por decreto el Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial (LINK al Boletín Oficial No. 32.102). La reglamentación define a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación como la autoridad de aplicación de la Ley.

Esta medida incluye un convenio entre dicha Secretaría y el CONICET para la realización del Inventario Nacional de Glaciares y Ambiente Periglacial a cargo de IANIGLA. 

Las bases técnicas para la realización del Inventario fueron propuestas por el IANIGLA en diciembre de 2010 (ver PDF del documento "Inventario Nacional de Glaciares y Ambiente Periglacial: Fundamentos y Cronograma de Ejecución").




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Comentarios

  1. Recuerdo que en el año 2007 abogué por la protección de glaciares en la Argentina QUE EL CONGRESO DE LA NACIÓN SANCIONÓ EL 22/10/08 bajo Ley Nº 26.418 y que ha sido vetado en su espíritu por la Presidenta, Cristina Kirchner. Posteriormente, me he manifestado respecto a los proyectos presentados posteriormente afirmando que los mismos eran superadores pero sólo en apariencia ya que sólo benefician a los cerebros del veto dilatando el objeto de la norma, ya que las discusiones técnicas podían ser aclaradas posteriormente con normas complementarias. Asimismo, he considerado prioritario invitar a los Colegios Profesionales de abogados del continente a adoptar una posición respecto a los glaciares, ya que esta acción concreta serviría para asentar los valores eternos de la condición humana, porque no se trata tan sólo un problema de Argentina o de Chile sino además, de la comunidad internacional. Si bien no hay discusión científica sobre el hecho de que los glaciares vayan a desaparecer como consecuencia del cambio climático, ello no obsta a permitir que actividades antrópicas aceleren este proceso. La reforma constitucional pretendida en San Juan por Gioja para permanecer en un “tercer mandato” y el rechazo de los menores de 18 años para manifestarse, a través del voto, por la reforma constitucional a tales efectos, son pautas claras y evidentes de que el INTERES PUBLICO, estaba seriamente despreciado por la vigencia de una visión retrógrada de la juridicidad que al presente, continúa posibilitando que los intereses individuales prevalezcan afectando los sociales, tal como lo señalé públicamente hace 5 años. Evidentemente, llegamos a abril del 2011 con una ley tardíamente reglamentada pero que aun continúa inoperante ante la inexistencia del mecanismo que manda a formalizar el inventario y la auditoria ambiental. Sin esta mecánica pendiente de resolución la ley prácticamente yace inmolada por un deliberado congelamiento de su espíritu.
    2011-04-06 10:57:14 | Dr. Daniel Barone

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